El Centro para el Desarrollo y la Cooperación LGTBI, SOMOS CDC, denunció este 06 de agosto de 2021, que el Patronato de la Colonia Payaquí de Tegucigalpa y la seguridad privada de ese sector, les mantienen en constante vigilancia y hostigamiento por ser una organización de la diversidad sexual, además señalaron que a pesar que solicitaron que el Mecanismo de Protección, organismo del cual son un colectivo beneficiario de medidas debido a amenazas en su contra, les enviara un oficial para que constatara los hechos, no obtuvieron respuesta, según una denuncia pública difundida.
También demandaron ante la Comisionada Nacional de los Derechos Humanos, abogada Blanca Izaguirre, que instruya y dé seguimiento a la denuncia y pueda impulsar las acciones preventivas necesarias con el fin de evitar más ataques y discriminación contra este sector de la comunidad LGTBI.
Responsabilizaron a la dirigencia del Patronato de la colonia Payaquí por cualquier ataque a la integridad física “de nuestras colaboradoras y colaboradores de SOMOS CDC. Así Como a las instalaciones de nuestra oficina”.
Lea el texto completo del documento:
DENUNCIA PÚBLICA
EL CENTRO PARA EL DESARROLLO Y LA COOPERACIÓN LGTBI –SOMOS CDC– PONE EN MANIFIESTO Y DENUNCIA PUBLICA LA INOPERANCIA E INEFICIENCIA DEL SISTEMA NACIONAL DE PROTECCIÓN DE DEFENSORES Y DEFENSORAS DE DERECHOS HUMANOS, PERIODISTAS, COMUNICADORES SOCIALES Y OPERADORES DE JUSTICIA EN HONDURAS.
Tegucigalpa M.D.C. 06 de agosto del 2021, El Centro para el Desarrollo y la Cooperación LGTBI –SOMOS CDC- organización beligerante defensora de los derechos humanos de las personas LGTBI en Honduras con amplia trayectoria y de recocida labor a la comunidad nacional e internacional hace saber:
- Estar bajo ataque sistemático de los grupos conservadores que incluye patronatos, comités de vecinos, seguridad privada del Circuito Payaqui de las Lomas de Guijarro en la ciudad de Tegucigalpa M.D.C. quienes en reiteradas ocasiones han desarrollado acciones de hostigamiento y requerimientos de información sobre la labor que el personal de –SOMOS CDC- realiza. En fecha 06 de agosto del 2021 se personó un guardia de la seguridad privada a las instalaciones de las oficinas e –SOMOS CDC- el que fue recibido por el Director de la misma. El Guardia de Seguridad en nombre de la administradora de la Juta de Vecinos y de su Jefe inmediato (compañía de Seguridad) manifestó el Descontento de ellos por la labor que –SOMOS CDC- realiza en cuanto a la promoción y defensoría de los derechos humanos de la persona LGTBI.
- EL sector Payaqui de las Lomas de Guijarro en la ciudad de Tegucigalpa M.D.C. es una zona urbana categoría R1 en donde de acuerdo al Reglamento de Zonificación, Obras y Uso de Suelo en el Distrito Central es zona de tolerancia de pequeños negocios lo que se comprueba con la operación de las oficinas de Organizaciones tales como FOPRIDEH, FONAC, Ente Regulador de los Servicios de Agua Potable y Saneamiento (ERSAPS), Múltiples Embajadas y Misiones Diplomáticas NO siendo -SOMOS CDC- la única que opera en la Zona.
- Que en Fecha 06 de agosto del 2021 –SOMOS CDC– hizo llamadas de alerta temprana al SISTEMA NACIONAL DE PROTECCIÓN DE DEFENSORES Y DEFENSORAS DE DERECHOS HUMANOS, PERIODISTAS, COMUNICADORES SOCIALES Y OPERADORES DE JUSTICIA EN HONDURAS específicamente a la funcionaria Reina Cartagena quien funge como Asesora en Derechos Humanos de la Secretaría de Derechos Humanos y encargada de la implementación de las mediadas de Protección individuales y colectivas del personal y de –SOMOS CDC- vista desde la colectividad solicitándole el envío de un inspector de dicho mecanismo para brindar el acompañamiento y corroborar la situación de Riesgo expresa en el párrafo uno (1) del presente.
- La respuesta de la funcionaria fue una NEGATORIA a la solicitud de –SOMOS CDC– en total detrimento y violación a lo expresado en la Ley de Protección para las y los Defensores de Derechos Humanos, Periodistas, Comunicadores Sociales y Operadores de Justicia, publicada en el Diario Oficial La Gaceta No. 33,730 de fecha quince (15) de Mayo del año dos mil quince (2015) que declara:
- ARTÍCULO 6.- DEL DEBER DE ESPECIAL PROTECCIÓN A LAS PERSONAS DEFENSORAS DE DERECHOS HUMANOS. - El Estado tiene la obligación de respetar los derechos humanos de las y los defensores y de prevenir de forma razonable las amenazas, hostigamientos y agresiones que puedan generarse en su contra, independientemente de que éstas provengan de actores estatales o particulares.
- ARTÍCULO 8.- DEL DEBER DE ORDENAR LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA LA PREVENCIÓN DE LAS VIOLACIONES A LOS DERECHOS HUMANOS. - El Estado tiene el deber primordial, a través de sus autoridades, de prevenir cualquier acto u omisión constitutivo de violaciones a los derechos humanos.
- ARTÍCULO 36.- DEL OBJETO Y NATURALEZA DE LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN. - Las medidas preventivas y de protección, ya sean ordinarias o urgentes que se dicten tienen por objeto disuadir y reducir el riesgo denunciado, para lo cual deben comunicarse a la autoridad competente de inmediato.
- ARTÍCULO 48.- DE LA IMPLEMENTACIÓN DE MEDIDAS DE PROTECCIÓN. - La implementación de medidas de protección ordenadas por el Comité Técnico del Mecanismo de Protección, deben implementarse por la Dirección General del Sistema de Protección en un plazo no mayor a cuarenta y ocho (48) horas después de la recepción de la Resolución que decreta la medida respectiva. La Dirección General del Sistema de Protección dependiendo del tipo de medidas de protección decretadas, debe coordinar con las autoridades públicas pertinentes, quienes están obligadas a proporcionar los recursos institucionales necesarios y los adicionales que le sean suministrados por la Dirección General del Sistema Protección.
- ARTÍCULO 29.- DE LAS ATRIBUCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL SISTEMA DE PROTECCIÓN. - Son atribuciones de la Dirección General del Sistema de Protección las siguientes: 1. Recibir todas las solicitudes de protección y tramitarlas de conformidad con la presente Ley; … 3. Tramitar de oficio la aplicación de medidas de seguridad cuando cualquier persona objeto de la presente Ley enfrente una situación de riesgo que amerite medidas urgentes.
- Es inaudito que la Dirección de protección haga caso omiso a las peticiones de las y los beneficiarios de medidas de protección y que escuden su falta de voluntariedad, justificándose en mandos intermedios, desconociendo la Ley que la autoridad competente es el Director del sistema nacional de protección el Abogado Danilo Morales.
Por lo tanto, desde –SOMOS CDC– como beneficiaria de Medidas de Protección:
- EXIGIMOS AL SISTEMA NACIONAL DE PROTECCIÓN DE DEFENSORES Y DEFENSORAS DE DERECHOS HUMANOS, PERIODISTAS, COMUNICADORES SOCIALES Y OPERADORES DE JUSTICIA EN HONDURAS actuar de manera SERIA, PROFESIONAL Y CIENTÍFICA lo que implica realizar las investigaciones de los hechos, destinando todos los medios para enfrentar la impunidad, identificar a los autores intelectuales y materiales, procesarlos y reparar adecuadamente a las víctimas.
- Exhortamos al SISTEMA NACIONAL DE PROTECCIÓN DE DEFENSORES Y DEFENSORAS DE DERECHOS HUMANOS, PERIODISTAS, COMUNICADORES SOCIALES Y OPERADORES DE JUSTICIA EN HONDURAS a Implementar las acciones necesarias para enfrentar las agresiones de cualquier tipo en contra de nuestra organización y su personal que ponga en riesgo la labor de defensoría de derecho humanos que realizan.
- Urgimos a las organizaciones nacionales e internaciones defensoras de derechos humanos a estar vigilantes de las agresiones y violencias sistemáticas que enfrentas los/as defensores de los Derechos Humanos de las personas LGTBI y sus organizaciones prestando el pronto auxilio y la realización de las debidas diligencias para la Garantía de si integridad
- Responsabilizamos al Estado Hondureño de cualquier agresión, ataque o daños que nuestro equipo de trabajo pueda recibir.
- Denunciamos ante la Comisionada Nacional de los Derechos Humanos CONADEH abogada Blanca Izaguirre, para que instruya y de seguimiento a la denuncia y pueda generar impulsar las acciones preventivas necesarias con el fin de evitar mas ataques y acciones de discriminación que riñen con la Ley del país.
- Responsabilizamos a la dirigencia del Patronato de la colonia Payaqui por cualquier ataque a la integridad física de nuestras colaboradoras y colaboradores de SOMOS CDC. Así Como a las instalaciones de nuestra oficina.
- Responsabilizamos a director del Mecanismos de Protección de Defensores y Defensoras de Derechos Humanos, Periodistas, Comunicadores Sociales y Operadores de Justicia en Honduras, por la falta de voluntad a dar respuesta oportunas a generar las acciones necesarias para prevenir la ola de acciones como de intimidaciones, y ataque a la integridad física y emocional de nuestras colaboradoras y colaboradores de SOMOS CDC así como a las instalaciones de nuestra oficina.
- Exigimos al Mecanismos de Protección de Defensores y Defensoras de Derechos Humanos, Periodistas, Comunicadores Sociales y Operadores de Justicia en Honduras un sistema de alerta temprana para prevenir ataques a nuestra organización.
- Exigimos el cumplimiento total de las medidas de protección de las que somos beneficiarias.