Suyapa Martínez, Directora del Centro de Estudios de la Mujer-Honduras, CEMH, dijo que con la admisibilidad del recurso de Inconstitucionalidad contra la prohibición del aborto por las tres causales por la Corte Suprema de Justicia, manda un mensaje al Congreso Nacional para que legisle a favor de los derechos de las mujeres, además de dar un espaldarazo a la lucha de las feministas y movimiento de mujeres que históricamente han luchado por este derecho.
El 13 de abril las organizaciones Somos Muchas interpusieron un Recurso de Inconstitucionalidad contra el artículo 126 del Código Penal y la reforma constitucional del artículo 67 que eleva a rango constitucional la prohibición del aborto. El Recurso fue admitido el 13 de julio de 2021.
Las tres causales son , el aborto por violación sexual; la inviabilidad del feto que al nacer morirá y cuando peligra la vida de las mujeres.
Al declarar admisible el recurso la Corte Suprema de Justicia manda un mensaje al Congreso Nacional para que legisle a favor de las mujeres.
En su cuenta de twitter, la red de organizaciones donde se integraron unas 20 instituciones señaló que “Con la admisión del recurso de inconstitucionalidad por el aborto en 3 causales, estamos cada vez más cerca de cambiar esta injusta realidad que enfrentan niñas y mujeres en Honduras”.
Qué dice el nuevo Código Penal sobre el aborto
El 07 de enero de este año el diputado Mario Alonso Pérez presentó un proyecto de ley de reforma constitucional en el parlamento hondureño, la cual fue aprobada por 88 votos a favor y 32 en contra.
En el capítulo II, artículo 126, señala que "El aborto es la muerte de un ser humano en cualquier momento del embarazo o durante el parto. Quien intencionalmente cause un aborto será castigado: 1. Con tres (3) a seis (6) años de reclusión si la mujer lo hubiese consentido; 2. Con seis (6) a ocho (8) años de reclusión si el agente obra sin el consentimiento de la madre y sin emplear violencia o intimidación; 3. Con ocho (8) a diez (10) años de reclusión si el agente emplea violencia, intimidación o engaño".
Mientras que el artículo 127 manda que se impondrán las penas señaladas en el artículo anterior y la de multa de quince mil (L.15,000.00) a treinta mil (L.30,000.00) Lempiras al médico que, abusando de su profesión, causa o coopera en el aborto. Las mismas sanciones se aplicarán a los practicantes de medicina, paramédicos, enfermeros, parteros o comadronas que cometan o participen en la comisión de aborto y el artículo 128 dice que "La mujer que produzca su aborto o consienta que otra persona se lo cause, será sancionada con reclusión de tres (3) a seis (6) años".
La admisibilidad del recurso por la Corte Suprema de Justicia, se da en un contexto electoral donde el Partido Nacional en el poder es el más interesado en captar votos debido al desgaste de dos períodos del actual presidente de la República, Juan Orlando Hernández, que en su mandato se ha visto reacio a avanzar en el respeto de los derechos de las mujeres.
Aún las iglesias fundamentalistas que han estado de forma constante contra la despenalización del aborto no se han dejado escuchar y los medios de comunicación corporativos tampoco. Ambos sectores coinciden siempre en la criminalización de la lucha de las mujeres por sus derechos.
En este video las mujeres aglutinadas en Somos Muchas señalan el impacto de la admisibilidad del Recurso de Inconstitucionalidad por la Corte Suprema de Justicia, véalo Aquí