A través del Decreto Ejecutivo PCM-022-2020 el gobernante Juan Orlando Hernández echó para atrás su decisión de suspender la libertad de expresión, de opinión y de emisión del pensamiento contemplado en el artículo 72 de la Constitución de la República , así como el 71 el cual señala que nadie puede ser detenido o incomunicado por más de 24 horas sin ser puesto a la orden de una autoridad competente.
El 15 de marzo de 2020, Hernández en Consejo de Secretarios de Estado aprobó el Decreto Ejecutivo PCM-021-2020 suspendió las garantías constitucionales de los artículos 69, 71, 72, 78, 81, 84, 93, 99 y 103, argumentando la emergencia por el COVID-19.
Esa medida fue considerada por Edison Lanza, Relator Especial por la Libertad de la Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, CIDH, a través de un twitt el 18 de marzo de este año, como una medida desproporcionada que afectaba el derecho de toda la población a información completa sobre el Covid-19.
El 19 de marzo la Oficina del Alto Comisionado de la Naciones Unidas para los Derechos Humanos en Honduras, OACNUDH , instó al gobierno a revisar la suspensión de la libertad de expresión y la detención de personas por más de 24 horas.
También en esa fecha la organización Article 19 señaló que “La libertad de expresión ha sido una víctima del #Covid_19, pues algunos gobiernos han usado mecanismos de censura para controlar las narrativas públicas sobre la crisis. Por ello, afirmamos que el derecho a la información es FUNDAMENTAL”
Mientras ese mismo 19 de marzo, los expertos David Kaye, Relator Especial sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión; Harlem Désir, Representante de la OSCE para la Libertad de los Medios de Comunicación y Edison Lanza, Relator Especial de la CIDH para la Libertad de Expresión, a través de una declaración conjunta mostraron su preocupación ante las restricciones impuestas por los gobiernos para los medios de comunicación y periodistas en el contexto del Covid19.
Aparentemente los señalamientos internacionales sobre que las suspensiones de las garantías ambos artículos eran extremas es que obligó al gobierno a echar marcha atrás.
Este es el Decreto donde se restablecen dichas garantías que estuvieron suspendidas desde el 15 de marzo de 2020:
Vea la publicación del Decreto Ejecutivo PCM-022-2020 que restablece las garantías en las artículos 71 y 72 en este link