Saturday, 23 November 2024

Monitoreo de compromisos internacionales

Es el seguimiento y monitoreo al cumplimiento de los compromisos internacionales sobre libertad de expresión y en general sobre derechos humanos del Estado hondureño.

Primero el consenso: Gobierno debe posponer reglamentos y protocolos de Ley de protección

Posted On Friday, 14 August 2015 21:09 Written by
Primero el consenso: Gobierno debe posponer reglamentos y protocolos de Ley de protección Rigoberto Chang Castillo

Unas 22 organizaciones nacionales e internacionales de derechos humanos solicitaron al Gobierno de la República de Honduras, a través de Rigoberto Chang Castillo, Secretario de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, posponer  por unos meses la adopción de los reglamentos y protocolos de implementación de la ley de Protección para las y los Defensores de Derechos Humanos, Periodistas, Comunicadores Sociales y Operadores de Justicia, con el fin de que se inicie un proceso amplio que permita el consenso sobre los textos propuestos y ganar legitimidad en el proceso.

La Ley fue aprobada por el Congreso Nacional, según  Decreto No. 34-2015 y publicada en el Diario oficial La Gaceta el 15 de mayo de 2015. Tiene como objetivo reconocer, promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales reconocidas y contenidas en la Constitución de la República y en los instrumentos de derecho internacional, de toda persona natural o jurídica dedicada a la promoción y defensa de los derechos humanos, a la libertad de expresión y a las labores jurisdiccionales en riesgo por su actividad.

En una carta enviada al Ministro Chang Castillo el 13 de agosto recién pasado las organizaciones le manifestaron que  la ley cuenta aún con diversos desafíos que deben ser sorteados en el proceso de creación de sus reglamentos y que, tememos, será difícil atenderlos satisfactoriamente a pocos días de cumplirse el plazo establecido por la ley en su artículo.

Las instituciones antes mencionadas señalan que están atentas a  la manera como diferentes temas puedan ser tratados y a continuación detallan sus preocupaciones:

 1.-La asignación de funciones específicas a los diferentes sistemas que crea la ley, tales como el Sistema nacional para la promoción de los derechos humanos y de la prevención de sus violaciones, y el Sistema nacional de protección de defensores y defensoras de derechos humanos, periodistas, comunicadores sociales y operadores de justicia.

2.-El funcionamiento operativo y efectivo de diferentes órganos que crea la ley, tales como los grupos de análisis del Sistema de protección y prevención, el Consejo Nacional de Protección para las y los Defensores de Derechos Humanos, la Dirección General del Sistema de Protección y el Comité Técnico del Mecanismo de Protección, dentro de las estructuras existentes del Estado hondureño.  

3.-La forma en que se relacionarán, en el cumplimiento de sus funciones, y dentro del marco de sus atribuciones, cada nuevo órgano con las instituciones existentes del Estado y con la sociedad civil.

4.-La definición de la metodología y criterios aplicables para realizar los análisis de riesgo como aspecto central para la implementación de la ley  

5.-Las consideraciones específicas para adoptar las medidas urgentes y ordinarias, teniendo en cuenta la diversidad de potenciales beneficiarios, en específico la situación de las personas que viven en zonas rurales, las mujeres, las personas

indígenas, las personas de las comunidades LGBTI y previendo respuestas particulares para aquellos casos en que los agresores sean integrantes de los cuerpos de seguridad del Estado.

6.-El cumplimiento de las medidas provisionales y cautelares dictadas por órganos del Sistema Interamericano.

7.-La manera como se tramitarán los recursos contra las resoluciones del Comité Técnico, en caso de desacuerdo por parte de beneficiarios, ya que, tal y como figura en la ley, la Dirección General sería órgano decisor y revisor a la vez.

8.-La posibilidad de establecer responsabilidades administrativas en caso de incumplimiento de las obligaciones que establece la ley, y de las consecuentes sanciones a las que hubiese lugar.

9.-La forma cómo se creará y ejecutará el Fondo de Protección que permitirá financiar el funcionamiento del Sistema Nacional de Protección, así como la necesaria reforma del Decreto 199-2011 (Ley de fideicomiso para la administración del Fondo de Protección y Seguridad Poblacional), con el fin de que incluya el financiamiento de acciones de prevención de agresiones en contra, y protección de, defensoras y defensores de derechos humanos, periodistas, comunicadores sociales y operadores de justicia; además de la inclusión de la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización y los órganos creados por la ley como nueva instituciones fideicomisarias.

“Además de lo expuesto anteriormente, nos preocupa que los reglamentos y protocolos previstos por la Ley no hayan sido creados mediante un proceso transparente, participativo e incluyente de los diversos sectores que son objeto de protección”, detallan .

Por último y a manera de conclusión expresan que  “sugerimos de manera respetuosa interponer sus buenos oficios para que se posponga por unos meses la adopción de los reglamentos y protocolos de implementación de la ley referida, con el fin de que se inicie un proceso amplio que permita la construcción colectiva de tales normas de manera que se cumpla con los objetivos que se persiguen. Un nuevo plazo permitiría una apertura hacia la sociedad civil con el fin de socializar y debatir los textos propuestos, lo que igualmente contribuiría a ganar legitimidad en todo el proceso”.

Las organizaciones que firmaron la misiva son:

Organizaciones nacionales:

Asociación de Jueces por la Democracia -AJD-

Asociación para una Vida Mejor de Personas Infectadas y Afectadas por el VIH/ SIDA en Honduras -APUVIMEH-

Casa Alianza Honduras

Centro de Derechos de Mujeres -CDM-

Centro de Investigación y Promoción de los Derechos Humanos -CIPRODEH- Centro de Prevención, Tratamiento y Rehabilitación de Victimas de la Tortura -CPTRT-

Colectiva de Mujeres Hondureñas -CODEMUH-

Comité por la Libertad de Expresión en Honduras -C-Libre-

Comunidad Gay Sampedrana para la Salud Integral

Equipo de Reflexión, Investigación y Comunicación -ERIC-SJ-

Foro de Mujeres por la Vida

Movimiento de Mujeres por la Paz "Visitación Padilla"

Red Nacional de Defensoras de DDHH en Honduras

Organizaciones regionales:

ARTICLE 19 Oficina para México y Centroamérica

Asociadas por lo Justo (JASS-Mesoamérica)

International Service of Human Rights

PEN-Honduras

PEN-International

Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL)

Plataforma Internacional contra la Impunidad (Pi)

Protección Internacional (PI)

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