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Amenazas a la libertad de expresión

Quiénes amenazan a las personas que en el ejercicio de la libertad de expresión e información encuentran obstáculos desde el propio Estado. En esta sección se publican con consentimiento de afectado o afectada este tipo de actos.

Pleno de la CSJ debe declarar inconstitucionalidad absoluta la Ley de Secretos Oficiales

Posted On Martes, 11 Febrero 2020 21:12 Written by Bersely García

La ley que clasifica documentos públicos, denominada como “Ley de Secretos”, fue declarada inconstitucional de forma parcial este lunes 10 de febrero de 2020, por la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, CSJ.

Esta normativa entró en vigor el 07 de marzo de 2014, después de asumir la presidencia el actual presidente Juan Orlando Hernández, en su primer periodo de gobernanza. La misma ha sido fuertemente cuestionada por diversos sectores de la sociedad hondureña por ser considerada como un obstáculo para la transparencia y la lucha anticorrupción del país.

Según el artículo tres de dicho ordenamiento jurídico y para los efectos de su aplicación podrán   ser   declaradas   materias clasificadas los asuntos, actos, contratos, documentos, informaciones, datos y objetos cuyo conocimiento por personas no autorizadas pueda dañar o poner en riesgo la seguridad, defensa nacional y el logro de los objetivos nacionales de entre cinco a 25 años.

No obstante, La Misión de Apoyo Contra la Corrupción e Impunidad en Honduras, MACCIH, antes de terminar su gestión en Honduras, recomendó se reformara esta Ley porque entorpecía las investigaciones en contra de personas coludidas con actos de corrupción.

Por su parte la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, CIDH, en el informe de país en el 2015, expresó su preocupación por la aprobación de la “Ley de Secretos” asimismo exhortó al Estado hondureño a revisar la disposición debido que impone severas restricciones al derecho de acceso a la información pública, incompatible con las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos.

Esta misma ley, también representa un impedimento para el ejercicio periodístico, ya que en el artículo siete contiene cuatro clasificaciones, reservada y su desclasificación se hará después de cinco años; confidencial, la cual se conocerá su contenido luego de 10 años, secreta que durará 15 años para su desclasificación y la última es la ultra secreta que conlleva mantener el ocultamiento de la información por 25 años o más dependiendo las circunstancias que se estimen convenientes por el Estado.

En este contexto el portavoz del Poder Judicial, Melvin Duarte, explicó que de acuerdo a la petición formulada por distintas organizaciones de derechos humanos, se consideran violentadas normas de derecho internacional, sobre todo el artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el artículo 19 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, entre otros.

Duarte, relató que luego de analizar el contenido de la demanda por las organizaciones defensoras de derechos humanos la Sala de lo Constitucional, declara la inconstitucionalidad parcial por razón de contenido de alguno de los preceptos formulados en la acción.

Estos son el artículo dos en el segundo párrafo, el artículo cuatro en el numeral nueve y el artículo siete en el párrafo tercero, cuarto y quinto, referentes al proceso de ampliación de la clasificación del actual litigio de desclasificación de la información.

De la misma manera se refiere al artículo 10 de la Ley que respecta al manejo de la misma, clasificada tanto por las autoridades que tienen acceso a ella como a los medios de comunicación.  

Kenia Oliva del Comité por la Libertad de Expresión, C-Libre, Kenia Oliva, dijo que esperan que el Pleno de la Corte Suprema de Justicia declara la inconstitucionalidad total de la Ley porque el procedimiento utilizado para su aprobación en el Congreso Nacional constituye un fraude Legilativo porque se aprobó en un solo debate violentando la Ley orgánica del Poder Legislativo.

Responsables de apobar esta Ley deben tener consecuencias

Para Amada Ponce, Directora de C-Libre la aprobación de esta Ley trastocó derechos fundamentales como es el acceso a la información pública y por eso los responsables de hacerlo en el Poder Legislativo deben tener consecuencias.

“Allí existen suficientes instituciones están en la obligación de desclasificar esa información porque si no también habrá procesos contra quienes no respeten lo que ha dicho por lo menos parcialmente la Corte.

amada ponce clibre

Amada Ponce, Directora de C-LIBRE

Ha habido procesos de concesiones que se han declarado en ocultamientos, así como información relacionada con megaproyectos en comunidades indígenas y hasta el manejo de violencia doméstica. Esta información ha sido clasificada sin suficiente argumento.

“La ciudadanía entera ya podrá acceder a esta información, pero la Corte en Pleno debe decir que esta ley es inconstitucional en su forma como en su contenido, porque además el Congreso Nacional no consultó a la Corte antes de aprobarla”, dijo Ponce.

Al preguntarle que varias leyes han sido aprobadas en un único debate y qué sería lo que intervino para que la Sala de lo Constitucional tomara esa práctica ilegal pero normal, como algo fuera de la Ley, al respecto la representante de C-LIBRE manifestó que espera que sea una cosa de conciencia de la Corte Suprema de Justicia. Sin embargo refirió que en el país se están jugando muchos intereses,  entre ellos lo relacionado con las elecciones

 

Ley de Secretos Oficiales, léala Aquí

 

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