La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH) en Honduras, respondió las preguntas realizadas por el periódico digital Pasos de Animal Grande.com, sobre el seguimiento que dicha oficina realiza en el país del Examen Periódico Universal (EPU), relacionadas al ejercicio de la profesión de los periodistas y comunicadores sociales en el país.
A continuación reproducimos la entrevista realizada a la representante de la OACNUDH, María Soledad Pazo, quien dignamente procedió a contestarnos las siguientes interrogantes:
1.- Pasos de Animal Grande (PAG): ¿Qué tipo de seguimiento realiza la OACNUDH sobre las recomendaciones hechas al Estado de Honduras sobre el Examen Periódico Universal (EPU) del 2015, en relación a los periodistas y comunicadores sociales del país?
María Soledad Pazo (MSP): En su labor de observación y monitoreo de la situación de derechos humanos en el país, la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH) en Honduras hace seguimiento de todas las recomendaciones de los mecanismos de derechos humanos y procedimientos especiales del sistema de Naciones Unidas. Uno de estos mecanismos es el Examen Periódico Universal (EPU).
El EPU es un proceso singular que incluye un examen de los expedientes de derechos humanos de todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas. El EPU es un proceso dirigido por los Estados con el auspicio del Consejo de Derechos Humanos, que ofrece a cada Estado la oportunidad de declarar qué medidas ha adoptado para mejorar la situación de los derechos humanos en el país y para cumplir con sus obligaciones en la materia.
Periodistas, comunicadores sociales y defensores de derechos humanos son actores claves para la existencia misma de una sociedad democrática, la construcción del Estado de Derecho y el goce pleno y efectivo de los derechos humanos. Debido a ello, todo gobierno debe estar dispuesto a adoptar todas las medidas de protección necesarias para garantizar el derecho a defender los derechos humanos y a brindar un entorno libre y seguro para periodistas y comunicadores sociales puedan desempeñar su actividad según lo establecido en instrumentos internacionales, particularmente en la “Declaración sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales universalmente reconocidas”.
Es por ello, que las actividades de seguimiento tienen por objeto garantizar que las recomendaciones y decisiones de los mecanismos y órganos de derechos humanos se apliquen, a fin de aumentar el respeto, la protección y el cumplimiento de todos los derechos humanos para todas y todos. Al respecto, destacar que las recomendaciones provienen de la revisión del cumplimiento de los instrumentos internacionales ratificados de manera voluntaria por los Estados.
Las recomendaciones del EPU de 2015 sobre periodistas y comunicadores sociales se engloban en cuatro áreas: a) investigación de las violaciones de derechos humanos cometidas contra periodistas y comunicadores sociales y lucha contra la impunidad de estos casos; b) mejora del contexto y de las condiciones de seguridad; c) promoción de la libertad de opinión y expresión; y d) implementación y fortalecimiento del sistema de protección en el marco de la Ley de Protección de Defensores de Derechos Humanos, Periodistas, Comunicadores Sociales y Operadores de Justicia (conocida como Ley de Defensoras y Defensores).
La OACNUDH utiliza estas recomendaciones como eje articulador del trabajo para avanzar en la mejora de la situación de derechos humanos en el país. Es por ello, que la OACNUDH cuenta con un equipo especializado para la formulación, diseño, implementación y seguimiento de la implementación de estas recomendaciones a nivel de políticas públicas, legislación, prácticas e intervenciones, además de asesorar al Gobierno en el uso de herramientas especializadas para el seguimiento a estas recomendaciones. Un ejemplo de ello fue el establecimiento en 2016 del Sistema de Monitoreo de Recomendaciones de Honduras (SIMOREH), coordinado desde la Secretaría de Derechos Humanos.
2.- PAG: ¿En qué por porcentaje ha cumplido el Estado las recomendaciones del EPU sobre lo relacionado a periodistas y comunicadores sociales?
MSP: Con el trabajo de seguimiento realizado por la OACNUDH a estas recomendaciones se puede concluir la aprobación en 2015 de la Ley de Defensoras y Defensores, así como el establecimiento del Mecanismo Nacional de Protección supone un avance significativo para proteger a las y los defensores, periodistas, comunicadores sociales y operadores de justicia en riesgo, principalmente por tres razones: en parte llena el vacío de protección que existía antes de su creación; funge como ente articulador entre las diferentes entidades del Estado encargadas de brindar protección; y simbólica y públicamente, supone un reconocimiento a la situación de vulnerabilidad y riesgo en la que se encuentran.
A pesar de este avance en la implementación de la Ley de Defensoras y Defensores, son numerosos los desafíos pendientes y además es necesario fortalecer aún más este marco normativo con una política pública integral que defina claramente los roles de las diferentes instituciones del Estado en la protección de defensoras, defensores, periodistas y comunicadores sociales, que cuente con la participación efectiva y veeduría de las organizaciones de la sociedad civil.
Esto debido a que tal y como señalaba el Relator Especial sobre la situación de las y los defensores en su reciente misión a Honduras en mayo de 2018: “La falta de rendición de cuentas por los asesinatos y otros delitos cometidos contra los defensores y defensoras de derechos humanos y los periodistas alimenta aún más la violencia contra ellos. Desde 2001 según datos de CONADEH, 75 periodistas, comunicadores sociales y personal de los medios de comunicación han sido asesinados y sólo en 6 casos se ha identificado a los autores. La impunidad y la falta de investigación de las agresiones contra los defensores y defensoras de derechos humanos y los periodistas continúan siendo la norma y no la excepción.”
Asimismo, todavía existen diversas trabas para el efectivo goce de la libertad de opinión y expresión para periodistas y comunicadores sociales como la falta de acceso a la información, muchas veces debido a la Ley de Secretos, o el proyecto de Ley sobre Ciberseguridad que amenaza la libertad de expresión con el fin de regular las campañas de odio y discriminación en las redes sociales y en Internet.
3.- PAG: ¿Han recibido documentación de parte del Estado en donde se detallen los logros obtenidos sobre las recomendaciones dadas al Estado de parte del EPU en los últimos años?
MSP: En noviembre de 2017, Honduras presentó su informe de medio término del compromiso voluntario adquirido en el marco del segundo EPU (2do ciclo) sustentado en la 9ª sesión del Consejo de Derechos Humanos, el 8 de mayo de 2015. En este informe se presentaron avances realizados por el Estado en el cumplimiento de sus obligaciones entre junio de 2015 y noviembre de 2017, reportando 107 recomendaciones (un 73% de las aceptadas); de éstas Honduras reportó como cumplidas 23 recomendaciones, lo que representa un 22%.
Este informe fue coordinado y elaborado por la anterior Secretaría de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización (SDHJGD), a través de la información del Sistema de Monitoreo de Recomendaciones de Honduras (SIMOREH) y el Grupo Especial de Respuesta en Derechos Humanos (GERDH), también se realizaron sesiones de trabajo con los Gabinetes Sectoriales de la República; y socializaciones con las Organizaciones de Sociedad Civil (OSC) y con la OACNUDH.
En lo relativo a las recomendaciones sobre periodistas y comunicadores sociales se reportó información sobre 15 de las 23 recomendaciones (65%), señalando solo 2 como cumplidas (125.47 y 125.58 ambas sobre completar el proceso legislativo para la creación de la Ley de Defensoras y Defensores), 7 se reportan en cumplimiento y 8 no se reportan avances (entre ellas están las dos recomendaciones encaminadas a promover la libertad de opinión y expresión, 124.50 y 125.50, y tres sobre lucha contra la impunidad e investigación criminal de ataques contra periodistas, 124.45, 125.48 y 125.55).
4.- PAG: ¿Existe algún equipo de seguimiento de las recomendaciones dadas por el EPU en el organismo internacional y conclusiones que se puedan compartir con la prensa, como comunicados, publicaciones, entre otros?
MSP: En el marco del Consejo de Derechos Humanos, el mismo mecanismo EPU, da seguimiento a las recomendaciones, pues los Estados envían sus informes de medio término, tal como lo señale anteriormente. Además, el EPU es un procedimiento circular donde los Estados vuelven aproximadamente cada 4 años, sobre las recomendaciones recibidas durante el ciclo anterior adicionando información sobre los avances y desafíos, recibiendo en su caso nuevas recomendaciones.
Sobre el punto es importante destacar que en el marco del Consejo de Derechos Humanos, se adoptó la decisión A/HRC/30/L:26 en septiembre de 2015, referente a “Promover la cooperación internacional para apoyar los sistemas y procesos nacionales de seguimiento de los derechos humanos”. Esto significa que se alienta a los Estados a que establezcan y refuercen los sistemas y procesos nacionales de seguimiento de los derechos humanos y soliciten asistencia técnica a la OACNUDH para el fomento de la capacidad, en función de sus necesidades.
Por ello, numerosos países han avanzado en crear mecanismos nacionales de seguimiento a las recomendaciones internacionales, como las redes de derechos humanos gubernamentales a nivel de cada país las que utilizan herramientas tipo el SIMORE, las cuales son accesible a todas las personas para el monitoreo de los avances o retos a nivel de cumplimiento de las recomendaciones, sean estos defensoras y defensores de derechos humanos, periodistas, comunicadores u operadores de justicia.
5.- PAG: ¿La opinión de la representante sobre la importancia de las recomendaciones del EPU y el por qué Honduras debe cumplirlas?
MSP: Garantizar la seguridad de periodistas y comunicadores sociales es un tema que ha cobrado prioridad en el país en los últimos años debido a que el entorno en el que desarrollan sus actividades se ha visto gravemente afectado debido a amenazas, intimidaciones, actos de hostigamiento, detenciones arbitrarias, se enfrenan a acciones legales por difamación y calumnia, asesinatos y otras formas de agresión. Estas amenazas tienen efectos multiplicadores que impactan a los demás periodistas y comunicadores pues que puede provocar autocensura y evitar el tratamiento de ciertos temas claves.
El objetivo de todas estas recomendaciones es operar cambios positivos en la vida de los titulares de derechos. Los principales responsables de que se produzcan esos cambios son los Estados, dada su obligación de respetar, proteger y garantizar los derechos humanos. Sin embargo, todos los sectores de la sociedad, desde los individuos hasta el sector privado, la comunidad internacional y los actores de la sociedad civil, tienen una función que desempeñar en la realización de los derechos humanos. En particular, la sociedad civil puede jugar un papel esencial en el seguimiento de las recomendaciones relativas a los derechos humanos.
Desde la OACNUDH vamos a seguir impulsado estas recomendaciones trabajando de forma conjunta con todos los sectores sociales, construyendo puentes de diálogo y articulando todas nuestras acciones para generar las condiciones para que periodistas y comunicadores sociales puedan llevar a cabo su labor en un ambiente seguro y con plenas garantías.
Informe sobre HondurasAquí