Este código fue aprobado completamente después que entrara en vigencia en agosto de 2015, hasta el 18 de enero de 2018 y fue publicado en el Diario Oficial la Faceta hasta el 10 de mayo de 2019.
Pasosdeanimalgrande.com a partir de hoy irá publicando nuevamente las propuestas desde la sociedad civil mismas que a pesar que se entregaron al parlamento hondureño, no fueron tomadas en cuenta ni tampoco se abrieron espacios transparentes de diálogo, sino que todo se hizo a puertas cerradas, como en los peores regímenes autoritarios.
El rechazo al nuevo código ha sido expresado por el Consejo Nacional Anticorrupción (CNA), la Cámara de Comercio e industrias de Cortés, (CCIC), Colegio de Periodistas de Honduras (CPH), el Foro Social de Deuda Externa y Desarrollo de Honduras, (FOSDEH), La Coordinadora de Instituciones Privadas Pro las Niñas, Niños, Adolecentes, Jóvenes y sus Derechos,(COIPRODENN), el Comité por la Libertad de Expresión,(C-Libre), la Asociación por la Democracia y los derechos Humanos y la Pastoral Social Caritas Honduras.
El CNA que lo bautizó como el Código Penal contra la Impunidad, publicó un estudio y análisis, interpuso un Recurso de Inconstitucionalidad contra el código y una iniciativa de Ley con más de 12 mil firmas al Congreso Nacional para que no entrara en vigencia.
También el Centro de Estudios de la Mujer, la Asamblea de Cooperación por la Paz y el Ayuntamiento Oviedo, publicaron un resumen sobre las conclusiones de la jornada de debate en relación con el nuevo Código Penal y su implicación en casos de violencia de género, donde expusieron que definitivamente ha habido todo un reacomodo del sistema normativo para llegar a un estado totalmente autoritario.
Entre las leyes o decretos que evidencian el autoritarismo están ley del Consejo Nacional de Seguridad y la Ley de secretos oficiales, entre otras que nos indican como hay un Estado autoritario que quiere tener un estamento legal, es decir leyes que protegen a grupos de poder.
Las organizaciones nacionales han tratado de que el Congreso Nacional pare el código presentando recursos de inconstitucionalidad. También denuncias contra operadores de Justicia ya que hay irregularidades en esta Ley que criminaliza la protesta revictimización de las mujeres .
Entre las organizaciones que presentaron propuestas para reformas ante el Congreso Nacional están la Asociación de Jueces por la Democracia, (AJD), que considera que las principales debilidades observadas en el Decreto 130-2017 que da vida al nuevo Código Penal se pueden sistematizar en tres grandes categorías, la reconsideración a la entrada en vigencia del nuevo Código Penal, los problemas de la parte General y otros contenidos.
La ADJ propone que previo a la entrada en vigencia del nuevo Código Penal se reforme el artículo 635 y que se ampliara la vacatio legis hasta el 10 de mayo del 2021.
Asimismo otros problemas en esta ley son la deficiente regulación de las garantías penales, la regulación dogmática de la responsabilidad penal individual y de personas jurídicas, violaciones al principio de dignidad humana en el sistema de penas, exoneraciones indebidas en el principio de responsabilidad de las personas jurídicas.
En el análisis sobre la parte especial del código se señalan como problemas principales, entre otros, deficiencias en la formulación legal de los tipos penales por no ajustarse a los estándares internacionales de derechos humanos, tipos penales que deben despenalizarse por violar obligaciones internacionales del Estado de Honduras en materia de derechos humanos, tipos penales que contemplan sanciones que violentan la prohibición de exceso, revisión de marcos penales que dan lugar a situaciones que benefician la impunidad en contra de grupos o personas vulnerables.
La Asociación por una Sociedad más Justa (ASJ), también presentó al Congreso Nacional una serie de propuestas para el Código Penal y reconoció aspectos positivos y negativos que respalda mediante un análisis.
Entre los aspectos negativos que referenció fue la suspensión de fallo (art 73), la suspensión condicional de ejecución de la pena (art 78, 79, 80), personas jurídicas que no son responsables penalmente (art 103), régimen del perdón (108), cancelación de antecedentes Penales art (art 117), responsabilidad civil derivada del delito (118).
Tabla N1_ Propuesta según la sanción y la Pena de acuerdo al código vigente y el nuevo.
DELITO | CÓDIGO PENAL VIGENTE | NUEVO CÓDIGO PENAL | PROPUESTA ASJ |
Trata de personas | 10 a 15 años de reclusión (Ley contra la trata de personas) | 5 a 8 años de prisión | 6 a 10 años de prisión |
Explotación de la mendicidad | 3 a 6 años de reclusión |
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Violación | 15 a 20 años de reclusión | 9 a 13 años de prisión | 10 a 15 años de prisión |
Drogas |
Fabricación: 9 a 12 años de reclusión Trafico: de 15 a 20 años de reclusión (Ley sobre uso indebido y tráfico ilícito de drogas). |
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Hurto |
2 a 5 años de reclusión si lo hurtado no excede de L5,000.00 4 a 7 años de reclusión si lo hurtado excede de L5,000.00 |
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Robo | 15 a 20 años de reclusión |
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