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32 periodistas y 6 defensores de derechos humanos se han acogido al mecanismo de protección según informe

Posted On Miércoles, 27 Julio 2016 19:16 Written by
32 periodistas y 6 defensores de derechos humanos se han acogido al mecanismo de protección según informe Fotos:www.informador.com.mx y del centrodeperiodicos.blogspot.com

Según la Dirección General del Sistema de Protección más del 84 por ciento de las solicitudes para protección atendidas son de periodistas, de acuerdo a un informe que corresponde a los meses de enero a junio de este año. En suma de 38 casos atendidos, 32 son de este sector y paradójicamente solamente seis corresponden a defensores y defensoras de derechos humanos, quienes viven una situación grave de seguridad.

Mientras los defensores y defensoras de derechos humanos son quienes menos acuden a solicitar esa protección, lo que implica que no hay confianza en el mecanismo. Este panorama se evidenció desde la aprobación de la Ley, la cual está desequilibrada en cuanto a que la representación mayoritaria es de entes del Estado de Honduras.

Los datos anteriores comprenden los meses de enero a junio de 2016 se desprenden del informe entregado por la Dirección General del Sistema de Protección, que forma parte de las instancias creadas por la Ley de Protección de defensores y defensoras de derechos humanos, periodistas, comunicadores sociales y operadores de justicia, que fue aprobada el 15 de mayo  de 2015 y puesta en vigencia en junio del mismo año.

Del total de solicitudes,  tres no fueron tramitadas por no cumplir con los requisitos requeridos en el artículo 43 de la Ley de Protección.

Asimismo siete incluidas cuentan con medidas del Sistema Interamericano de Derechos Humanos y bajo la responsabilidad del Departamento de Derechos Humanos de la Secretaría de Seguridad.

En las solicitadas por defensores y defensoras de Derechos Humanos, un 30 por ciento  son  ambientalistas, 10 por ciento sindicalistas y 60 por ciento de otros beneficiarios de la Ley, pero solo suman siete.

Entre los motivos por los cuales solicitaron protección  están las agresiones  un  12 por ciento, hostigamiento cuatro por ciento, amenazas y agresiones 24 por ciento, agresiones 24 por ciento y solo amenazas 32 por ciento. De esas, el 39 por ciento de  los solicitantes son del interior del país  y el 61 por ciento del Distrito Central. Siendo atendidas un total de 38 solicitudes, de ellas son 32 periodistas, lo que representa el 84.22 por ciento del total.

La ausencia de un marco jurídico nacional para la protección de las personas defensoras de derechos humanos conducía a exponerles a una mayor vulnerabilidad, esto, en la opinión de la Relatora Especial sobre la Situación Margaret Sekaggya, quien elogió la iniciativa de Honduras de contar con una Ley de protección para las personas que defienden los derechos de la población.

Dentro del funcionamiento de esta Ley  se creó el Consejo Nacional de Protección integrado por representantes del Ministerio de Seguridad, Relaciones Exteriores, Ministerio Público, Colegio de Abogados y de Periodistas, así como organizaciones de derechos humanos de la sociedad civil; comprometidos con las medidas de prevención, protección y urgentes que garanticen la vida, integridad, libertad y seguridad de las personas en situación de riesgo como consecuencia de la promoción y defensa de los derechos humanos.

Asimismo, se le dio vida a  la Dirección General de Mecanismos de Protección y Análisis de Conflictos Sociales, institución a la que los beneficiarios de dicho ordenamiento jurídico  pueden acudir si se consideran “víctimas de una situación de riesgo” y en caso de peligro grave, podrá asignar equipo de seguridad para “salvaguardar la vida” de la persona afectada.

En cuestiones extremas, la instancia podrá “determinar la evacuación inmediata (del afectado o afectada), reubicación dentro o fuera de Honduras, ya sea definitiva o temporal, entre otras medidas”.

El gobierno central asignó inicialmente un fondo de 10 millones de lempiras, para el financiamiento de las actividades del Comité en cumplimiento del artículo 66 de la Ley de Protección, con recursos provenientes de la Tasa de Seguridad Poblacional.

Comunidad internacional

Amnistía Internacional, el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional, (CEJIL) y Protection International, reconocen que la Ley de Protección para las y los Defensores de Derechos Humanos , manifestaron que es un paso importante para impulsar la protección y el reconocimiento de la legitimidad del trabajo de quienes promueven y defienden derechos humanos.

No obstante, el avance que ha significado la ley, su mera adopción, no es suficiente para que el Estado hondureño cumpla a cabalidad con sus obligaciones internacionales de respeto, protección y garantía de los derechos humanos de quienes los promueven.

Consejo de protección

La Secretaría de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización instaló el Consejo encargado de promover la protección de defensoras y defensores, periodistas y operadores judiciales, acogidos por una ley especial.

Este consejo es una especie de órgano político que forma parte del Sistema Nacional de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos.

Lo preside la Secretaría de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización y lo conforman la Secretaría de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional, Ministerio Público, Poder Judicial, Procuraduría General de la República, Secretaría de Seguridad, Secretaría de  Defensa Nacional, Colegio de Abogados de Honduras, Colegio de Periodistas de Honduras, Asociación de Prensa Hondureña,  Asociaciones de Jueces y Magistrados, Asociación de Fiscales y (2) representantes de las organizaciones de Derechos Humanos de la sociedad civil acreditados por el Comisionado Nacional de Derechos Humanos.

Por la sociedad civil quedaron como propietarios Suyapa Martínez, del Centro de Estudios de la Mujer, CEMH y Edy Tabora, representante del Comité para la Libre Expresión, C-LIBRE. Sus suplentes son  Jesica Sánchez, del Grupo Sociedad Civil y Dony Reyes, de la Asociación Arcoíris. También están incluidas la Asociación de Jueces por la Democracia, AJD  y la Asociación de Prensa Hondureña, APH.

El Alto Comisionado de Derechos Humanos de las Naciones Unidas y el Comisionado Nacional de Derechos Humanos ,CONADEH,  son entes observadores.

Consejo Nacional

El Consejo Nacional es un espacio de asesoramiento en la toma de decisiones en el tema de políticas públicas de protección.

Reglamento

Para reglamentar la Ley la Secretaría de Gobernación, Justicia, Derechos Humanos y Descentralización fue apoyada por la organización internacional  Freedom House, luego se constituyó la mesa técnica encabezada por el Comisionado Nacional de Derechos Humanos, en donde se decidió mejorar las propuestas a cargo de  organizaciones como, Protection International, el Centro de Investigación y Promoción de los Derechos Humanos (CIPRODEH), el Comité de Familiares de Detenidos Desaparecidos en Honduras (COFADEH) y el CEMH.

Una de las debilidades de la Ley en mención es que no se especifica quién se encarga de los análisis de riesgo, por eso en ese trabajo se encuentra un equipo de consultores, para elaborar los protocolos.

La gran tarea es recuperar la confianza de las organizaciones de derechos humanos, ya que se observa que casi no hay solicitudes de organizaciones defensoras de la tierra, pueblos indígenas, derechos de las mujeres, entre otras.

Mecanismos

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Suayapa Martínez-CEM-H

Según Suyapa Martínez, Directora del CEM-H ,  uno de los grandes retos es reglamentar el fideicomiso sobre lo cual  al principio se aprobaron 10 millones de lempiras y 10 millones de lempiras anuales más, para pagar salarios y protección.

La gente que acude al Mecanismo de Protección no está aceptando la intervención  de la Secretaría de Seguridad, que deberá  encargarse de hacer  patrullajes en la colonia donde la persona  amenazada habita y en ocasiones se emite un comunicado de la Secretaría de Derechos Humanos que diga que es un defensor y que no se le ataque.

Además contempla la contratación de seguridad privada para cuidar a los o las beneficiarias de medidas.

En la última reunión las y los representantes de Sociedad Civil pidieron los nombres de los policías que están ofreciendo protección a algunas personas dentro del mecanismo, para saber cuáles son los perfiles de los uniformados y para estar al corriente de si son violadores de derechos humanos.

La feminista aseguró que es necesario tener el conocimiento de “quién protege a quién”, por ejemplo, un policía con historial de misoginia no puede proteger a una defensora o periodista.

Obstáculos

Los principales obstáculos para la aplicación de esta Ley son la desconfianza hacia algunos entes gubernamentales que son parte del Consejo, en cuanto al reglamento pidieron más tiempo para analizarlo  minuciosamente pero no se dio tiempo, lo que les dejó en  desventaja porque las decisiones se deben tomar por consenso, pero esa vez les ganaron levantando todos la mano, y la mayoría son de instituciones estatales.

Qué dice la Ley de protección

En su artículo 1 dice: El Estado reconoce el derecho de toda persona, individual o colectivamente, a promover y procurar la promoción, protección y realización de los derechos humanos y las libertades fundamentales.

La definición de defensor o defensora de derechos humanos en el artículo 5.(1): Es toda persona que ejerza el derecho individual o colectivamente, de promover y procurar la protección y realización de los derechos humanos y las libertades fundamentales en el marco del derecho nacional e internacional; entre estos se encuentran comprendidos los defensores del medio ambiente y conservadores de los recursos naturales.

Articulo 5 (3) cita: Periodistas, Comunicadores Sociales, Fotógrafos, Camarógrafos y Reporteros Gráficos en los Medios de Comunicación; Son las personas naturales que realizan labores de recabar, generar, procesar, editar, comentar, opinar, difundir, publicar o proveer información, a través de cualquier medio de difusión y comunicación que puede ser impreso, radioelectrónico, digital, de imagen o de otra índole.

Como garantes que intervienen en la prevención se mencionan; el gobierno, la Sociedad Civil, las instituciones nacionales de derechos humanos, los investigadores y los medios de comunicación.

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El medio surge para ayudar a los periodistas, trabajadores de los medios de comunicación y los grupos vulnerables de Honduras (jóvenes, mujeres, indígenas y personas LGBTI) a ejercer su libertad de expresión y documentar los abusos de derechos humanos.

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