Agregó que teniendo en cuenta que al interior del Consejo Nacional de Protección para las y los Defensores de Derechos Humanos se ha reanudado la discusión del reglamento de la Ley de Protección para las y los Defensores de Derechos Humanos, “llamamos al Estado hondureño a que garantice la participación amplia de organizaciones de la sociedad civil y de defensores y defensoras de derechos humanos no asociados en organizaciones, incluyendo a aquellos defensores y defensoras de base que trabajan en comunidades aisladas”.
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Honduras: Alarma de organizaciones por reforma de ley
El 15 de mayo de 2015 fue adoptada la Ley de Protección para las y los Defensores de Derechos Humanos, Periodistas, Comunicadores Sociales y Operadores de Justicia (Ley de Protección para las y los Defensores de Derechos Humanos). Con anterioridad a la adopción de esta ley, la entonces Relatora Especial sobre la Situación de las Personas Defensoras de Derechos Humanos, Margaret Sekaggya, había señalado que la ausencia de un marco jurídico nacional para la protección de las personas defensoras de derechos humanos, conducía a exponerles a una mayor vulnerabilidad
Amnistía Internacional, el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) y Protection International, reconocen que la Ley de Protección para las y los Defensores de Derechos Humanos es un paso importante para impulsar la protección y el reconocimiento de la legitimidad del trabajo de quienes promueven y defienden derechos humanos. No obstante, el avance que ha significado la ley, su mera adopción, no es suficiente para que el Estado hondureño cumpla a cabalidad con sus obligaciones internacionales de respeto, protección y garantía de los derechos humanos de quienes los promueven.
Es necesario que las autoridades hondureñas aseguren que la implementación de dicha ley sea efectiva. En este sentido, urgimos a las autoridades a garantizar que durante la discusión para la reglamentación de la ley haya un proceso abierto y participativo de la sociedad civil.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó recientemente a Honduras en un caso relativo a un defensor de derechos humanos, y dispuso que el Estado debe implementar una política pública efectiva para la protección de las y los defensores de derechos humanos, que incluya la participación de “defensores de derechos humanos, organizaciones de la sociedad civil y expertos en la elaboración de las normas relativas a la protección de las y los defensores de derechos humanos".
Teniendo en cuenta que al interior del Consejo Nacional de Protección para las y los Defensores de Derechos Humanos se ha reanudado la discusión del reglamento de la Ley de Protección para las y los Defensores de Derechos Humanos, llamamos al Estado hondureño a que garantice la participación amplia de organizaciones de la sociedad civil y de defensores y defensoras de derechos humanos no asociados en organizaciones, incluyendo a aquellos defensores y defensoras de base que trabajan en comunidades aisladas.
Asimismo, exhortamos a las autoridades hondureñas a adoptar un enfoque participativo de las y los defensores como un paso necesario para reconocer públicamente la legitimidad del trabajo que realizan.
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