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CEJIL cuestiona nombramiento del Fiscal General y Adjunto del Ministerio Público

Posted On Miércoles, 04 Julio 2018 23:21 Written by Salvador Monroy
CEJIL cuestiona nombramiento del Fiscal General y Adjunto del Ministerio Público Foto: Noticias Cholusat Sur

El Centro por la Justicia y el Derechos Internacional (CEJIL), cuestionó este 04 de julio de 2018, la elección en Honduras del Fiscal General Oscar Chincilla y del Fiscal Adjunto Daniel Sibrián Bueso, porque “presenta graves irregularidades”.

Ambos funcionarios fueron nombrados la noche del pasado 29 de junio de este año después de intensos cabildeos entre los partidos tradicionales, lo que ha sido considerado por diversos sectores como una componenda donde participaron grupos fácticos que están protegiendo sus intereses.

Para la CEJIL “Chinchilla no participó del concurso público ni figuraba en la nómina presentada por el Congreso Nacional”, lo cual es un acto irregular en la elección de parte de los diputados del parlamento hondureño.

“Desde el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) expresamos nuestra preocupación ante la falta de transparencia y legitimidad en el proceso de elección y nombramiento de Fiscal General en Honduras, que culminó el pasado 30 de junio con la reelección de Óscar Chinchilla”, señala el documento.

CEJIL hizo un llamado de atención “sobre el hecho de que se escogiera a Chinchilla, pese a que no participó del concurso público, ni figuraba en la nómina presentada por el Congreso Nacional. Este procedimiento es contrario a lo estipulado en la Ley del Ministerio Público y la Constitución Política de la República, en donde se indica que el Fiscal General debe ser electo de una nómina de cinco candidatos que presente una Junta Proponente”.

Además, “entre las personas que decidieron sobre quién será la cabeza del Ministerio Público se encuentran miembros del Congreso Nacional que actualmente son investigados por actos de corrupción. Esto implica un claro conflicto de interés que debió ser revisado y corregido a tiempo, a fin de preservar la legitimidad del proceso”, afirmó el organismo internacional.

La CEJIL coincidió con el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en Honduras (OACNUDH), que señaló “la falta de observancia de la normativa constitucional y del principio de legalidad durante esta elección podría debilitar al Ministerio Público y a la institucionalidad nacional”. A esto se suma la falta de participación de sociedad civil en el proceso, lo que tal como expresamos anteriormente, incumple con los estándares internacionales en la materia, agregó.

Para la CEJIL seguir adelante con este nombramiento del Fiscal Chinchilla y Sibrián Bueso, “a pesar de las irregularidades del proceso, es un precedente preocupante para la independencia judicial y debilita la confianza de la ciudadanía en la institucionalidad del país”, añadió el ente legal.

Tal como sostiene la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), “si no se respetan ciertos parámetros básicos, el régimen de selección y nombramiento podría facilitar un alto grado de discrecionalidad por parte de las autoridades que participan en el proceso, en virtud de lo cual las personas escogidas no serían, necesariamente, las más idóneas”, sostuvo el organismo.

Finalmente, dijo la CEJIL, “recordamos que el rol de Fiscal General es vital para el acceso a la justicia, la preservación del Estado de Derecho, la lucha contra la impunidad, y la defensa de los derechos humanos. En este sentido, la persona elegida para este cargo debe demostrar un compromiso irrefutable con la investigación de violaciones de derechos humanos y la lucha contra la corrupción”.

Independientemente de la persona electa, recordamos que el Estado de Honduras debe cumplir con su obligación de investigar de manera pronta y exhaustiva las violaciones de derechos humanos, incluyendo aquellas cometidas en el marco de la crisis política y en contra de personas defensoras de derechos humanos, finalizó el documento.

La ley del MP

La Ley del Ministerio Público señala en su Artículo 22 que “El Fiscal General de la República y el Fiscal General Adjunto serán electos por el Congreso Nacional, con el voto favorable de las dos terceras partes de la totalidad de sus miembros, de una nómina de cinco candidatos que presente una Junta Proponente ….”.

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