A través de un comunicado de prensa, la CIDH manifestó que el caso fue presentado ante La Corte bajo registro número 12,585 el pasado 13 de noviembre de este año al considerar que el Estado no atendió las recomendaciones contenidas en un informe emitido por esta instancia.
Pacheco León aspiraba, antes de su asesinato, a una diputación en el Departamento de Valle, por el Partido Nacional, ante el Congreso de la República, durante el proceso de elecciones generales de noviembre de 2001.
Fue asesinado mientras regresaba a su casa, ubicada en la ciudad de Nacaome, cerca de las 11 de la noche del 23 de noviembre de ese año. Con este hecho se produjeron violaciones a los artículos 8, 25 y 1.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
La CIDH la petición en el año 2004, a partir de este momento el Estado Hondureño ha mostrado retraso en actualizar el caso del político nacionalista, según consta en la Petición de Admisibilidad 848-04.
La Comisión determinó elevar este caso ante la Corte Interamericana dado que un informe elaborado constata que el Estado incumplió al no realizar una investigación en un plazo razonable y con la debida diligencia. Asimismo destacó que la existencia de múltiples indicios de participación de agentes estatales, los cuales, como se indicó, no fueron debidamente investigados ni, por lo tanto, desvirtuados por el Estado.
“Este caso ofrece una oportunidad para que la Corte IDH profundice en su jurisprudencia sobre el deber de investigar violaciones del derecho a la vida, en particular en lo relativo a los móviles de un asesinato posiblemente vinculado con el ejercicio de los derechos políticos y las respectivas autorías intelectuales como componentes fundamentales de la obligación de investigar con la debida diligencia”, manifestó la Comisión en el comunicado de prensa.
Agregó el documento hecho público este 17 de noviembre que hay “ múltiples indicios de participación de agentes estatales, los cuales, como se indicó, no fueron debidamente investigados ni, por lo tanto, desvirtuados por el Estado. Al respecto, la Comisión consideró que el Estado no puede valerse del incumplimiento del deber de investigar y que, en el presente caso, los referidos indicios permiten determinar la responsabilidad del Estado hondureño por lo sucedido a la víctima. En consecuencia, la CIDH concluyó que se violaron los derechos a la vida y a los derechos políticos de Ángel Pacheco León, y los derechos a la integridad personal, garantías judiciales y protección judicial de sus familiares”.
Adicionalmente, solicitó al Estado de Honduras adoptar las medidas necesarias para evitar la repetición de hechos similares a los del presente caso, como diseñar e implementar cursos permanentes sobre derechos humanos para funcionarios policiales, fiscales y judiciales, específicamente sobre los aspectos técnicos de investigación en casos de muertes violentas, a la luz de los estándares internacionales en la materia.
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