El salario promedio mínimo de Honduras es de 8,300 lempiras, casi 1155 dólares (tres salarios que suman 25 mil lempiras por persona). Los 14 integrantes de la junta pagarán al erario público un total de 16 mil 200 dólares en ingresos, que se suman a la sanción moral del pueblo contra la opacidad.
El Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP) impuso la sanción a los 14 hondureños que se negaron a brindar información pública sobre resultados de audiencias y otras pruebas de evaluación de los más de 100 aspirantes a magistrados de la CSJ período 2016-2023.
El artículo 28 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública contempla Sanciones Administrativas, “ Sin perjuicio de la responsabilidad civil, las infracciones no constitutivas de delito, serán sancionadas con amonestación por escrito, suspensión, multa, cesantía o despido. Las multas de entre medio salario hasta cincuenta (50) salarios mínimos mensuales, serán impuestos por el Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP), dependiendo de la gravedad de la infracción, debiendo ser enterados dichos valores en la Tesorería General de la República”.
Por su parte la Ley de la Junta Nominadora manda en su artículo 3 que “ En la integración y organización de la Junta Nominadora y en su desempeño, deben observarse los principios de publicidad, transparencia, rigurosa apego a la Ley, solemnidad, ética, escogencia idónea, independencia y respecto a los principios democráticos”.
El presidente de la junta, Ricardo Rodríguez, dijo que no revelarían esos resultados porque si entre los más de 100 togados existe coeficiente intelectual bajo o consumo de alguna droga, entre otros problemas, la divulgación de “información privada” dañaría no sólo al profesional sino a la familia y que ellos como junta no quieren exponerse a demandas judiciales.
Indicó que esa información será conocida por los diputados para que realicen la mejor votación, pero no por la población en general “porque se trata de información reservada”.
La junta interpuso un recurso de amparo contra la decisión del IAIP y serán los nuevos magistrados (evaluados por la junta) que decidirán si procedía la petición de información pública de ambos hondureños indignados.
Los sancionados son Roberto Herrera Cáceres y Linda Rivera, del Comisionado Nacional de Derechos Humanos (CONADEH); los dirigentes sindicales Alfredo Ponce y Benjamín Vásquez; Jorge Herrera, de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH) y Carlos Izaguirre de la Universidad Tecnológica de Honduras (UTH).
José Luis Valladares y Rafael Canales del Colegio de Abogados de Honduras (CAH); Santiago Ruiz Cabús y Emín Barjum Mahomar, del Consejo Hondureño de la Empresa Privada (COHEP); el pastor Jorge Machado, de la Confraternidad Evangélica y Adolfo Pineda, de Casa Alianza; Octavio Rubén Sánchez y Ricardo Rodríguez.
El IAIP informó que el 12 de enero de 2016 admitió el recurso de revisión interpuesto por Marcela Alejandra Ortega Carbajal y Ariel Fabricio Varela Moncada contra la junta que no entregó la información pública relacionada con pruebas de confianza aplicadas a los candidatos a magistrados (polígrafo, médicas, socio económicas y psicométricas).
En cumplimiento a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LTAIP), el Pleno de Comisionados citó a los miembros, propietarios y suplentes de la junta para el lunes 18 de enero anterior presentarán las pruebas y alegatos que contribuyeran a su defensa.
Los citados no llegaron a la audiencia ni justificaron la ausencia y anunciaron un recurso contra la citatoria del IAIP. Y en cumplimiento a la LTAIP y atribuciones del IAIP, los comisionados acordaron imponer a cada uno de ellos una sanción de tres salarios mínimos.
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