El presidente Juan Orlando Hernández emitió el Decreto 052-2019 en Consejo de Ministros aprobó esta disposición la cual fue publicada en el Diario Oficial La Gaceta el 18 de octubre de 2019, donde le da facultades a las Fuerzas Armadas para estructurar y administrar el Programa de Desarrollo Agrícola de Honduras, PDAH, con un presupuesto inicial de cuatro mil millones de lempiras.
Las alarmas en el agro
Hasta la semana anterior se conoció que esa disposición será implementada debido a que ya es una Ley, eso disparó las alarmas de diferentes sectores en Honduras, en especial de los y las campesinas que ven una militarización profunda en el campo y vendrá a generar mayor grado de criminalización contra hombres y mujeres del sector.
De allí que esta tres organizaciones presentaron el Recurso de Inconstitucionalidad señalando que tal decreto violenta principios constitucionales que no están contemplados en las atribuciones que le asigna la Constitución de la República.
En una gran movilización hacia la Corte Suprema de Justicia, decenas de campesinos y campesinas llegaron a ese Poder del Estado a demandar que se desmantele dicho decreto, sin embargo las autoridades del lugar les cerraron los portones para evitar que ingresaran a l Secretaría de la Corte para acompañar a los abogados Juan Carlos Zelaya y Karla Escalante que representan a las organizaciones campesinas arriba mencionadas.
En un análisis del decreto realizado por esas instituciones se desataca que la creación de este decreto tiene como objetivo desde el Ejecutivo, el desmantelamiento de las instituciones públicas agrícolas para la privatización de bienes, servicios, recursos financieros, instalaciones, recursos humanos y asistencia técnica.
Ley sobre Justicia Constitucional señala en sus artículos 80 que una vez admitida la demanda se librará comunicación a la Secretaría del Congreso Nacional para que en el plazo de cinco días hábiles remita los antecedentes del proceso de formación de la ley impugnada o en su caso el informe. Una vez recibido el informe se dará traslado de éste por el término de seis días hábiles al Ministerio Público, para que emita su dictamen. El artículo 81 de la misma Ley establece que una vez recibido el dictamen del Ministerio Público, se debe de dictar sentencia dentro de los 20 días hábiles siguientes. En suma el sistema de justicia tiene 31 días para que pueda responder a esta petición de Recurso de Inconstitucionalidad.
En declaraciones a medios de comunicación el pasado 09 de noviembre de este año, el presidente de la República ha manifestado que “«Fuerzas Armadas no van a manejar recursos. Ellos están trabajando con un grupo de campesinos y es un proyecto en el que comenzamos a hacer un piloto, probablemente a finales de este año y principios del otro».
Sin embargo el Decreto Ejecutivo es claro en asignarles las atribuciones a las que se oponen las organizaciones campesinas que a la vez demandan responsabilidad estatal en respetar la Constitución y asignar recursos para el desarrollo del sector agrario del país.
En una manifestación en las afueras de la Corte Suprema de Justicia, este 13 de noviembre en momentos en que los abogados presentaban el Recurso, los protestantes manifestaron que no permitirán la presencia de militares en su lugar y que los esperan pero con piedras y palos.
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Vea parte del Recurso de Inconstitucionalidad Aquí