La información había estado con bajo perfil, no hubo ningún comunicado para informar del requerimiento fiscal y de la Audiencia de Imputado donde se le aplicó medidas sustitutivas a la prisión, por lo que la acusada dijo que la información se había fugado de manera prematura y utilizada de forma mediática. Este ente acusador no actúa en la misma forma cuando se trata de procesos penales que el Ministerio Público ha incoado contra defensores de derechos humanos a quienes exhiben ante los medios de comunicación para desprestigiar su labor en defensa de los derechos humanos.
En fecha 06 de febrero de 2019 representantes de comunidades lencas se presentaron al programa de televisión Frente a Frente, en el cual se abordó el tema de las hidroeléctricas en Honduras, que para el pueblo étnico el establecimiento de las mismas representa el despojo y desplazamiento forzoso.
Entre los panelistas Paz Mencías, quien se refirió a los lencas con comentarios peyorativos, discriminatorios y lesivos. Entre las palabras de desprecio.
“Cuando usted no come los tres tiempos de comida, y lo vimos con nuestra gente en Santa Anita, Lepaterique, Yamaranguila, Azacualpa…. en los cerros, no piensan bien por sí solos y tienen personas como el que salió en la televisión, que tienen buen discurso, los manipulan….”
Por esta razón el requerimiento fiscal valora esta acción como una muestra de prepotencia y el hecho de considerarse superior frente a los indígenas y resaltar la condición de pobreza en la que viven , señala el MP.
Paz Mencias podría enfrentar una pena de siete años de prisión, según lo establecido en el artículo 321 del código penal hondureño que detalla que “será sancionado con reclusión de tres (3) a cinco (5) años y multa de cuatro (4) a siete (7) salarios mínimos la persona que arbitrariamente e ilegalmente obstruya, restringa, disminuya, impida o anule el ejercicio de los derechos individuales y colectivos o deniegue la prestación de un servicio profesional por motivo de sexo, género, edad, orientación sexual, identidad de género, militancia partidista u opinión política, estado civil, pertenencia a pueblos indígenas y afrodescendientes, idioma, lengua, nacionalidad, religión, filiación familiar condición económica o social, capacidades diferentes o discapacidad, condiciones de salud, apariencia física o cualquier otra que atente contra la dignidad humana de la víctima”.
A la acusada un juez le impuso le impuso medidas cautelares en la Audiencia de Declaración de Imputado en las que se ordena que deberá presentarse el próximo 21 de febrero a la Audiencia Inicial. El Proceso lo lleva la Fiscalía de las Etnias y Patrimonio Cultural.
Primer proceso penal por discriminación no surtió efecto
El 05 de diciembre de 2012 el pastor evangélico Evelio Reyes, de la iglesia Vida Abundante fue el primero en ser acusado por el delito de discriminación sexual en contra de personas de la comunidad LGTBI, el Ministerio Público también libró porque él en una oración dijo que “en el nombre de Jesús pasamos todo intento de dar poder y autoridad a candidatos inmorales e incapaces, que no voten por homosexuales y lesbianas que corrompen los modelos de Dios y que los hondureños no voten por los enemigos de Dios”, en el preámbulo de las elecciones generales de noviembre de 2013.
En julio de 2013 un juez le otorgó medidas sustitutivas a la prisión. En agosto de ese mismo año le premiaron con un sobreseimiento definitivo, el Ministerio Público apeló la decisión la cual fue declarada sin lugar por la Corte de Apelaciones y ratificada por la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia en enero de 2016.
Una de las personas que denunciaron a Reyes fue Arely Victoria Gómez Cruz, defensora de los derechos humanos de la comunidad de la diversidad sexual (LGTBI) , del movimiento transexual en Honduras, quien sufrió fue golpeada salvajemente en la calle en momentos que había una fuerte discusión alrededor del proceso penal contra el pastor evangélico. Tuvo que irse al exilio después de una intensa persecusión que sufrió por haber hecho uso de su derecho a no ser discriminada.
En el 2014 diputados del Partido Nacional promovieron una contrareforma al artículo 321 debido a que la Confraternidad Evangélica se movió en todos los poderes del Estado para lograr que se desmantelara el artículo invocando la libertad de expresión.
La acusación contra Elsia Paz podría correr la misma suerte debido al alto grado de impunidad que vive Honduras, la falta de acceso a la justicia para grupos vulnerabilizados como son la comunidad LGTBI y los indígenas, además del poder de los megaproyectos en el país donde se mueven muchas influencias.