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Contexto

Honduras: Visita de la Corte IDH a comunidades Garífunas y la urgencia de la restitución del Estado de Derecho

Posted On Thursday, 03 September 2015 07:01 Written by OFRANEH
Honduras: Visita de la Corte IDH a comunidades Garífunas y la urgencia de la restitución del Estado de Derecho Foto: CorteIDH

El pasado de 22 y 25 de agosto la Corte Interamericana de Derechos humanos (Corte IDH) realizó una visita in situ a las comunidades Garífunas de Triunfo de la Cruz y Punta Piedra, en el marco de los casos que ha venido ventilando la OFRANEH ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, por los despojos territoriales perpetrados en contra de las comunidades Garífunas y la denegación del Derecho a la consulta, previa, libre e Informada.

Triunfo de la Cruz y Punta Piedra, al igual que la mayoría de las comunidades Garífunas han sufrido un saqueo histórico por parte de la élite de poder, que en contubernio con el Estado de Honduras y sus instituciones se han dedicado de forma premedita a apoderase tanto de los hábitats funcionales de las comunidades como de terrenos dentro de las comunidades, en nombre de un supuesto desarrollo turístico y la expansión de los cultivos de agro combustibles.

A partir de la década de los años 90, se dio inicio a un proceso de titulación parcial supuestamente a beneficio del pueblo Garífuna, al mismo tiempo que se emitió la Ley de Municipalidades, con la cual se incluyeron mucha de las comunidades dentro de los cascos urbanos de las municipalidades, situación que ha conllevado a un despojo del territorio ancestral.

Los títulos emitidos a favor del pueblo Garífuna por el Instituto Nacional Agrario (INA), excluyeron los habitas funcionales, los que pasaron a ser tuteladas por instituciones del Estado, supuestamente encargadas de velar por los recursos forestales y marinos.

El saqueo sistemático de nuestro territorio está íntimamente ligada a la corrupción imperante en el país, la que se recrudeció de forma exponencial a partir del golpe de estado del año 2009, ante la demolición del estado de ley y el asalto perpetrado a las instituciones desde el Congreso Nacional.

La presencia de los delegados de la Corte IDH y de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en las comunidades

Triunfo de la Cruz y Punta Piedra recibieron de forma efusiva las delegaciones de juristas internacionales, ante el largo lapso transcurrido entre los despojos y la posible resolución a los conflictos a través de las sentencias que emitirá la Corte IDH, las que tendrán una enorme trascendencia para los Garífunas y demás pueblos indígenas del continente.

Miembros de las comunidades rindieron declaraciones sobre las violaciones a sus derechos territoriales ancestrales y solicitaron a la la Corte IDH la resolución de los conflictos, que el Estado de Honduras se ha negado de solucionar, ante el contubernio existente entre empresarios y políticos.

Las comunidades resaltaron el racismo existente en Honduras, sus múltiples manifestaciones y la falta de sutileza del Estado en el manejo de las relaciones inter raciales, las que más bien ha exacerbado, destruyendo el frágil tejido social. El Alcalde de Tela, el Sr. Mario Fuentes, insistió en negar la existencia del el racismo en Tela, al mismo tiempo que acarreó a los miembros del sindicato de su Municipalidad, a los que se les canceló una deuda con 22 manzanas de tierra, pertenecientes a la comunidad de Triunfo de la Cruz; y hasta la fecha los ex trabajadores de la municipalidad insisten en ser los legítimos propietarios de los terrenos comunitarios.

La Corte IDH pudo constatar los diversos señalamientos de usurpación, muchos de ellos cometidos hace más de dos décadas, además de visitar el Parque Nacional Punta Hisopo, el que ha sido manejado como una propiedad privada del extinto Miguel Facussé. Punta Izsopo forma parte del hábitat funcional de Triunfo, comunidad que no fue consultada para la creación de un parque nacional, como lo indica el Convenio 169 de la OIT.

Además la comitiva de la Corte IDH y la Comisión Interamericana, visitó el territorio de Punta Piedra y Cusuna en donde Ramón Lobo – hermano del ex presidente Porfirio Lobo- pretende imponer un proyecto de extracción de hierro, al que las comunidades Garífunas del Municipio de Iriona se opone de forma rotunda. Finalmente se movilizaron a Río Miel, comunidad mestiza que surgió de la invasión a la comunidad Garífuna de Punta piedra, promovida por el general Castro Cabús en el año de 1992.

La restitución del estado de derecho como un imperativo

Buena parte de la problemática del pueblo Garífuna, surge de la inexistencia de un Estado de ley en el país, en el cual las leyes son creadas o retorcidas a la medida de los intereses de la elite de poder.

Honduras se ha destacado por su corrupción y el desacato a las layes institucionalizado por las dictaduras militares y civiles que ha sufrido. A partir del golpe a la Corte Constitucional (12-12-12) promovido desde el Congreso nacional por el actual mandatario Juan Hernández, la crisis del estado de derecho se incrementó. El golpe fue originado por el fallo en contra de las ciudades modelos, emitido en octubre de 2012 por la Corte de lo Constitucional, dando de esta forma un golpe mortal a uno de los pilares económicos de la dictadura civil nacionalista, la que a través de las Ciudades Modelo ha pretendido subastar el país al capital extranjero.

La espiral de violencia en la que se ha sumido Honduras se encuentra relacionada de forma directa con la impunidad y colapso del estado de derecho. De ahí que se convierte en un imperativo la restitución del estado de ley, el cual ha sucumbido en manos de un grupúsculo dedicado al saqueo de las instituciones estatales.

Las sentencias de la Corte Interamericana sobre las demandas de las comunidades Garífunas de Punta Piedra y Triunfo de la Cruz.

El caso de Punta Piedra constituye una oportunidad para profundizar la jurisprudencia del sistema interamericano de derechos humanos sobre la obligación del Estado de crear las condiciones para que la propiedad de los pueblos indígenas sobre sus tierras, territorios y recursos naturales pueda ser ejercida de manera pacífica y sin amenazas a su forma de vida, organización social, usos y costumbres tradicionales. Adicionalmente, se podrá profundizar la jurisprudencia en cuanto al derecho a la tutela judicial efectiva de los pueblos indígenas cuando, a pesar de contar con un título de propiedad en su favor, no cuentan con mecanismos coercitivos para hacer valer sus derechos frente a amenazas e invasiones de terceros no indígenas.

En el caso del Caso de Triunfo de la Cruz lo que se espera es que se genere una sentencia no solamente para que se le restituyan las tierras a la comunidad de Triunfo de La Cruz sino que se implemente en el país una Ley sobre la Consulta y Consentimiento Previo Libre e Informado que se requiere para que los proyectos a implementar sean consultados con las comunidades.

Dado en la Comunidad de Sambo Creek, a los dos días del mes de septiembre del 2015

Organización Fraternal Negra Hondureña, OFRANEH

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