Martes, Oct 2024

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Foto de la derecha: El defensor Daniel Mairena está postrado en una cama como producto de una fractura de cadera. Foto de la izquierda: El defensor Jorge Jiménez, de JOPRODEH

Dos defensores de derechos humanos, bajo el amparo del Mecanismo Nacional de Protección, denunciaron que son víctimas de acoso y hostigamiento por parte del director de la Policía, comisionado Juan Manuel Aguilar Godoy, del comisionado Edwin Edgardo Cruz Mendoza y de la subcomisionada Eunice Flores.

Departamento de derechos humanos y la Unidad de Protección de la Policía Nacional estarían usándose para desesperar a defensores que son beneficiarios de medidas por parte del Mecanismo Nacional de Protección, a pesar que paradójicamente la Policía Nacional es la encargada de la implementación de dichas medidas.

La Secretaría de Seguridad se llamó al silencio ante denuncia. Víctimas señalan  la complicidad del Estado a no sancionar a oficiales de policía que lejos de dar protección promueven inseguridad.

Cruz Mendoza actualmente es el jefe del Departamento de Derechos Humanos de la Secretaría de Seguridad y Flores es la directora de la Unidad de Protección de ese ministerio. Este medio, a través de Relaciones Públicas, buscó la versión de las máximas autoridades policiales, pero no respondieron.

Desde el año 2012 Daniel Mairena es empleado de la Secretaría de Seguridad, en el departamento de Bienes, pero al ser paciente renal viene luchando contra lo que denominó pésimas atenciones de la empresa Nipro, proveedora del sistema de diálisis.

A raíz de amenazas a muerte, en el 2014 la policía le asignó un vehículo, pero en noviembre de 2022 tras un atentado fue incapacitado por un año, no obstante, al regresar al cargo el 4 de diciembre reciente, no solo le quitaron el vehículo, sino que lo mandaron a una bodega, a pesar que su acuerdo es de jefe de bienes de la Policía Preventiva, denunció.

Todo tiene que ver con represalias de los jefes policiales que públicamente le señalaron que ha denunciado a la policía por ese hostigamiento , pero eso nunca él lo ventiló públicamente sino ante el Comité Técnico del Mecanismo Nacional de Protección cuyos integrantes deben guardar la confidencialidad , pero la información aparentemente se filtró y llegó a oídos de los jefes policiales antes mencionados, violentando con ello la Ley de Protección.

Como represalia no se le asignó ni escritorio, computadora, ni tarea alguna, viéndose marginado, señalando al Comisionado Cruz Mendoza como responsable del acoso y hostigamiento.

Mairena recordó que a la semana que le quitaron el vehículo nuevamente se volvió a incapacitar debido a que, tras una sesión de diálisis, al subirse en un bus sufrió una fractura de cadera que actualmente lo tiene en cama e incapacitado por 90 días.

Según esta víctima, su caso de protección fue expuesto abiertamente por el oficial diciendo que quería seguridad, carro blindado- cuando eso no era cierto- y que le quitaran el vehículo que poseía, violentando las normas de confidencialidad del Mecanismo de Protección.

Irresponsabilidad estatal

Igualmente, Jorge Jiménez, veterano defensor de derechos humanos, presidenta de la organización JOPRODEH,  también denuncio ser víctima de acoso y hostigamiento por parte de la subcomisionada Flores. Interpuso una denuncia ante la Dirección de Asuntos Disciplinarios Policiales (Didadpol) contra ella, pero el caso lejos de ser investigado más bien lo están cerrando, denunció.

Explicó que desde el 2010 viene desempeñándose como defensor de derechos humanos y recibiendo protección, fue hasta el 2015 que se acogió al Mecanismo de Protección, porque cuenta con medidas cautelares de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, CIDH y fueron transferidas a este organismo nacional tal como lo señala la Ley de Protección.

Rememoró que  actualmente goza de protección por parte de la Policía, y como parte de la decisión del Comité Técnico del Mecanismo Nacional de Protección, se tiene asignada una escolta policial permanente.

Explicó que desde el 2015 a la fecha se le han hecho análisis de riesgo y por eso hoy cuenta con la protección policial, tanto el cómo su familia, empero recientemente se le realizó otro estudio no consensuado, pero que dio como resultado un alto nivel de riesgo, el cual se sometió al Comité Técnico  y éste lo rechazó con una votación de tres a uno- votaron en contra los representantes de la Secretaría de Seguridad, la Procuraduría General de la República y la Fiscalía Especial de Derechos Humanos.

Luego de eso inició el acoso de la subcomisionada Flores situación por la cual presentó denuncia ante el Comisionado Nacional de los Derechos Humanos (Conadeh) y ante la Didadpol; asimismo interpuso un recurso de impugnación por no estar de acuerdo con la resolución del Comité Técnico, y éste resolvió que harían un nuevo análisis de riesgo el cual salió con un 75% de amenazas, “donde ratifican que debo continuar con la medida que le estoy diciendo, incluida mi familia”, dijo.

Este nuevo análisis se vuelve a someter a votación y votan en contra nuevamente, “a raíz de eso presenté la denuncia ante la Didadpol, y nuevamente el recurso de apelación que no lo ha resuelto una Comisión Ad-Hoc del Consejo Nacional de Protección desde el año 2023.

Además presenté una denuncia contra el director de la policía, Juan Manuel Aguilar Godoy, por violar la confidencialidad establecida por el mecanismo de protección”, sostuvo Jiménez.

El defensor agregó que otra situación que le sucedió es que sin su consentimiento la Policía le cambió las escoltas imponiéndole agentes desconocidos. “Por todo este tipo de arbitrariedades estamos denunciando la complicidad del Estado que no sanciona a una funcionaria que comete acoso y hostigamiento y que tampoco castiga a un director que violó la ley de Protección respecto al tema de la confidencialidad, cuestionó.

Ley de Protección señala sanciones para autoridades

El artículo 56 de la Ley de Protección para defensores de derechos humanos, periodistas, comunicadores sociales y Operadores de Justicia señala la responsabilidad en que incurren los funcionarios públicos que mediante negativa o negligencia impidan la aplicación de las medidas de protección para garantizar la vida, la seguridad e integridad física de las personas beneficiarias, incurren en violación a los deberes de los funcionarios y otros que sean aplicables y las diligencias para deducción de responsabilidades deben ser iniciadas de oficio por el Ministerio Público.

La Ley de Protección señala en su artículo 57  que la Secretaría de Derechos Humanos, SEDH, a través de la Dirección General del Sistema de Protección debe remitir de oficio al Ministerio Público y de Manera inmediata la denuncia en aquellos casos en que se constate el incumplimiento de las obligaciones generadas por la Ley de Protección por parte de los funcionarios y empleados  públicos y toda autoridad civil y militar a efecto de que se proceda a ejercer la acción penal que corresponda.

Hasta ahora no se ha sentado un precedente en este sentido y hay innumerables denuncias contra autoridades policiales que han violentado la Ley de Protección procediendo más bien a generar mayor riesgo para las personas beneficiarias.

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