Martes, Dic 2024

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Las recomendaciones señaladas por la sociedad civil sobre que el mecanismo de protección para periodistas defensores de derechos humanos y operadores de justicia debía ser desconcentrado del Estado de Honduras y practicar el equilibrio en la representación, se quedó lejos del consenso y se impuso la visión unilateral.

La Ley fue aprobada a escasos el 16 de abril, a menos de un mes en que Honduras será sometida al segundo ciclo del Examen Periódico Universal , EPU, donde el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, revisará el cumplimiento de las 129 recomendaciones del EPU 2010.

De acuerdo a organizaciones de sociedad civil la Ley aprobada no refleja lo hablado , y además el Congreso Nacional integró dentro del sistema de este mecanismo de protección a la Secretaría de Defensa, argumentando que tiene fondos

El cuestionamiento además es que se instaló el desequilibrio dejando únicamente a dos organizaciones de derechos humanos las cuales serán acreditadas por el por el Comisionado Nacional de Derechos Humanos, CONADEH, o sea que nuevamente se amarra la intervención estatal en este aspecto también.

En la propuesta presentada por las Organizaciones de Sociedad Civil, se demandaba  que fuera una instancia nacional constituida como un órgano desconcentrado de la Secretaría en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, y que gozara de independencia funcional, administrativa y presupuestaria, para lo cual la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, realizará las previsiones presupuestarias correspondientes, pero eso fue tirado por la borda pues estará a cargo de dicha Secretaría.

En el Artículo 22 se señala que el Consejo Nacional de Protección estará integrado por una persona representante propietaria y su suplente de las instituciones del Estado y organizaciones de la sociedad civil siguientes:

  1. La Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización;
  2. La Secretaría de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores;
  3. El Ministerio Público;
  4. El Poder Judicial;
  5. La Procuraduría General de la República;
  6. La Secretaría de Seguridad Pública;
  7. La Secretaría de Defensa;
  8. Un representante del Colegio de Abogados;
  9. Un representante del Colegio de Periodistas;
  10. Un representante de la Asociación de Prensa Hondureña;
  11. Un representante de las Asociaciones de Jueces y Magistrados de Honduras;
  12. Un representante de la Asociación de Fiscales; y
  13. Dos (2) representantes de las organizaciones de Derechos Humanos de la sociedad civil acreditados por el Comisionado de Derechos Humanos.

Organizaciones señalan que esperaban honrosas rectificaciones en el acta del 21 de abril para que se diera marcha atrás a una Ley que no el impacto que se espera si hay concentración del Estado cuyos agentes en la mayoría de los casos son los responsables de la inseguridad principalmente contra periodistas y defensores y defensoras de derechos humanos, pero la esperanza quedó sepultada.

Además señalan que debe dejarse de lado la práctica de aprobar leyes solamente para aparentar ante la comunidad internacional que el Estado hondureño es respetuoso de los derechos humanos cuando en realidad las leyes son papel mojado pues no se aplican.

Desde el golpe de Estado de 2009 la violencia contra periodistas y defensores de derechos humanos ha sido el talón de Aquiles del Estado hondureño, al grado que la protección a ambos sectores fue una de las exigencias del EPU 2010.

En ese momento se habían producido unos siete asesinatos, a la fecha ya suman más de 50, entre periodistas y trabajadores de la comunicación, convirtiéndose Honduras el segundo país más peligroso después de México para ejercer el periodismo y el trabajo por los derechos humanos. El grado de impunidad supera el 91 por ciento.

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