Lo inusual de ejercer el voto a la media noche tras una serie de irregularidades que van desde transporte de urnas sin custodia militar , abandono de otras, las que nunca llegaron, fue parte de todo un caos que se suscitó este domingo 09 de marzo de 2025, en las elecciones primarias de los partidos Nacional, Liberal y Libertad y Refundación.
Lo usual es que en las elecciones tanto primarias como generales hayan retrasos de una o dos horas en la instalación de las urnas, pero esta vez los atrasos sumaron hasta 12 horas, obligando a las personas habilitadas para ejercer el sufragio a esperar bajo el sol y la noche para cumplir con su responsabilidad ciudadana.
Las Fuerzas Armadas son las encargadas de la custodia del material electoral , ya señalado en la Constitución de la República que no caben excusas o transferencia de la responsabilidad a otra institución.
Aunque las irregularidades no pueden ocultarse lo que ha faltado es un pronunciamiento conjunto del Consejo Nacional Electoral, que se ha mantenido disperso y no ha salido al paso de las críticas.
El Ministerio Público tiene la obligación de deducir responsabilidades por dichas irregularidades y el Fiscal General Johel Zelaya ante la avalancha de señalamiento anunció la conformación de un grupo élite de fiscales, integrado por la Unidad Especializada Contra Delitos Electorales (UECDE), la Unidad Fiscal Especializada Contra Redes De Corrupción (UFERCO), la Fiscalía Especial para la Transparencia y el Combate a la Corrupción Pública (FETCCOP), la Fiscalía Especial de Propiedad Intelectual y Seguridad Informática (FE-PROSI) y agentes de la Agencia Técnica de Investigación Criminal (ATIC) en conjunto con la Dirección Policial de Investigaciones (DPI), según un comunicado público, este 10 de marzo de 2025.
Mientras el Tribunal Superior de Cuentas señaló que hará una investigación especial para determinar si hubo incumplimientos de contratos para de las empresas contratadas para la distribución y las instituciones del Estado responsables de vigilar su cumplimiento.
La ciudadanía, la oposición y organizaciones de la sociedad civil han señalado desde meses atrás que no es ético que la actual candidata presidencial del Partido LIBRE esté al frente de la Secretaría de Defensa, y queda muy vulnerable su imagen en los sucesos de las elecciones primarias de este 09 de marzo.
Las voces autorizadas
Pasosdeanimalgrande.com realizó una encuesta con ciudadanos y ciudadanas en el centro de la capital en lo que coincidieron fue que se dieron las demoras, señalando que creen "hay mano peluda de quienes gobiernan". Una de las entrevistadas dijo que no vio irregularidades que votó con normalidad y otra que le hicieron un traslado que no autorizó y por lo tanto no pudo ejercer el sufragio.
En este video puede ver la frustración de quienes no pudieron votar:
La Constitución y los organismos internacionales
El artículo 45 de la Constitución de la República reza que : “Se declara punible todo acto por el cual se prohíba o limite la participación del ciudadano en la vida política del país”.
Por su parte la Corte Interamericana de Derechos Humanos, CorteIDH h, señala que el derecho al sufragio es un pilar fundamental de la democracia y está protegido por la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
La CorteIDH señala que los Estados deben garantizar condiciones transparentes, accesibles y equitativas para el ejercicio del voto. Condena cualquier restricción injustificada o arbitraria que impida su ejercicio.
Código Penal ya señala las penas
El artículo 542 del Código Penal señala que será castigado con una pena de cuatro a seis años quien entre otros, impida la apertura de la votación, la interrumpa o cambie de lugar.
El artículo 544 , numeral 3 ya manda que quien realice un cambio injustificado del tiempo y lugares donde debe practicarse la elección serán castigados con una condena de cuatro a seis años de cárcel.
Este mismo artículo, en el numeral 11 se refieres a los retardos u omisiones intencionales de la remisión de la documentación y material utilizados en las elecciones, y agrega que cundo se trate de funcionarios públicos además de la pena serán sancionados con inhabilitación especial por el doble del tiempo que dure la pena.
Solo para calmar las aguas
Pero aunque existe esta Ley penal algunos sectores ven con escepticismo las actuaciones del Fiscal General Johel Zelaya y del Tribunal Superior de Cuestas, TSC, porque estos funcionarios han sido nombrados en sus cargos para responder a intereses políticos y no creen que fructifique nada, mucho menos deducirle responsabilidades al Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas, General de División Roosevelt Leonel Hernández Aguilar, quien ha sido señalado que cumple sus rol como un activista político del partido en el poder.