Lunes, May 2024

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Comisionada Blanca Izaguirre señala que CNDS se está abrogando funciones que no le competen.

El Decreto Legislativo que da origen y creación al Consejo Nacional de Defensa y Seguridad como órgano encargado de rectorar, diseñar y supervisar las políticas generales en materia de seguridad, defensa nacional e inteligencia, no prevén dentro de sus atribuciones, diseñar estrategias de prevención, combate , investigación y sanción de protestas sociales o manifestaciones pacíficas, dijo el Comisionado Nacional de Derechos Humanos, CONADEH, al referirse a la resolución del Consejo Nacional de Defensa y Seguridad; CNDS, para investigar a los organizadores de una marcha.

El 10 de mayo de 2023 el CNDS, al mando de la presidenta Xiomara Castro, tomó la decisión de investigar la marcha contra el proyecto de Ley de Justicia Tributaria, la cual se llevó a cabo el 09 de mayo del mismo año y donde participaron diversos sectores, lo que fue interpretado por la mandataria como anarquía y que se pretendía desestabilizar su gestión y evitar la aprobación de la Ley en mención.

“Que identifique los responsables de instigar, manipular, financiar estas conductas que violentan los derechos de la ciudadanía que son contrarias a la Ley y formar parte de una campaña para manipular información y desprestigiar las acciones del gobierno de la República y con los elementos probatorios deben deducirse las responsabilidades y ejecutar las acciones de Ley”, dijo la resolución.

Deben respetar las expresiones de descontento de la población

El CONADEH recuerda a los representantes del poder público que, en un Estado de Derecho, Constitucional y Democrático, los gobernantes tienen el deber insoslayable de respetar las expresiones de descontento de la población o de sectores de cualquier tipo, ante posibles decisiones gubernamentales, mediante el ejercicio constitucional y legitimo del derecho a la manifestación pacífica y sin armas, y todo lo que este implica, según lo señalado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en su jurisprudencia.

La Comisionada Blanca Izaguirre, retomó los criterios internacionales del ejercicio del derecho a la protesta, al indicar que no deben existir respuestas desproporcionadas por parte del Estado respecto a la manifestación pacífica, sus participantes, o sus organizadores, sea cual sea el contexto en que se realice el ejercicio de dicho derecho constitucional. Caso contrario, se estaría en peligro inminente de que se declare la responsabilidad internacional del Estado de Honduras por violación a esos derechos básicos establecidos en la Convención Americana de Derechos Humanos.

Este es el comunicado íntegro:

 

Antecedentes de la resolución del CNDS léala AQUÍ

 

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